En grado de apelación, por auto de vista de 29 de marzo de 2005 (fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 88 interpuesto por Renzo Fabricio Fuentes Gutiérrez, contra el auto de vista de 29 de marzo de 2005 (fs. 77), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social que siguen Miguel Ángel Altamirano Velásquez y Walter Melgar Ávila contra la Empresa de Transportes y Servicios "Halvorsen", actualmente Empresa de Transporte "Palo Santo", respuesta de fs. 91, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia de 3 de julio de 2004 (fs. 63-64), declarando probada en parte la demanda de fs. 6-7, con costas, ordenándose que el Gerente Propietario de la Empresa de Transportes "Palo Santo", pague a favor de los actores: Walter Melgar Ávila la suma de Bs. 14.212,00.-- y Miguel Ángel Altamirano la suma de Bs. 10.160,00.--
En grado de apelación, por auto de vista de 29 de marzo de 2005 (fs. 77), se confirma totalmente la sentencia apelada, con costas
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, por auto de vista de 29 de marzo de 2005 (fs
- Que, contra el referido auto de vista, el demandado recurrente, sin una fundamentación racional y
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
