CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 192-194, interpuesto por Roger Bretel García, contra el auto de vista Nº 035/2005 SSA-II de 23 de febrero de 2005 (fs. 182), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue el recurrente contra el Banco Central de Bolivia, la respuesta de fs. 195-196, el dictamen fiscal de fs. 199-200, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 20/2003 de 10 de enero de 2003 (fs. 147-150), declarando improbada la demanda de fs. 10-12 subsanada a fs. 14 y probadas las excepciones perentorias de pago y falta de acción y derecho e improbada la excepción perentoria de prescripción opuestas a fs. 33-35
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 035/2005 SSA-II de 23 de febrero
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
