Que, contra el auto de vista, el propietario de la empresa demandada, interpone recurso de
Que, contra el auto de vista, el propietario de la empresa demandada, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 285-286), careciendo de exponer un petitorio claro y concreto que responda a sus intereses, expresando de manera general que se violó, interpretó erróneamente o aplicó indebidamente el art. 12 del Cód. Proc. Trab., correspondiendo al inc. 1) del art. 253 del Cód. Pdto. Civ., los arts. 3º inc. g) y h), 4º, 66, 150 y 158 del adjetivo laboral indicado, desarrollando una narración de antecedentes, sin precisar de qué manera han sido vulnerados sus intereses, denunciando además error de derecho y de hecho, sin fundamentar adecuadamente en qué consiste dichos errores
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, La Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
