Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso
Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 61), fundamentando, que se hubiera incurrido en error de hecho en la apreciación de las pruebas referido a la determinación del sueldo promedio indemnizable de la demandante, porque éste se acredita por las literales de fs. 1, 4 y 38, que demuestran que a tiempo del retiro de la actora de su fuente de trabajo, cobró todos sus beneficios sociales, por ello es indebido el petitorio de reliquidación de los mismos, solicitando se case el auto de vista recurrido y se declare improbada la demanda
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación formulada por el representante de la empresa demandada, mediante auto de
- Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a ese efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- Consiguientemente, lo expuesto en el recurso de casación, es insuficiente, haciendo inviable su consideración e
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional del Abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
