CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 97-98, interpuesto por Alfonso Vargas Carvallo, en representación de ZERMAT BOLIVIA S.R.L. contra el auto de vista Nº 288/2004 SSA.II de 30 de noviembre de 2004 (fs. 94), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro el proceso social que sigue Daniel Martín Vargas Carnicel contra el recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió sentencia Nº 23/2003 en 27 de marzo de 2003 (fs. 75-77), declarando probada en parte la demanda de fs. 1 y 2 de obrados y probada en parte la excepción perentoria de pago, ordenado que la Empresa ZERMAT S.R.L., pague al actor la suma de Bs. 5.533,73.-, por concepto de indemnización, desahucio, vacación y aguinaldo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 288/2004 SSA
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
