Se regula honorarios en Bs. 500, que mandará hacer efectivo el tribunal de alzada
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 83, con costas.
Se regula honorarios en Bs. 500, que mandará hacer efectivo el tribunal de alzada
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que en ejecución de sentencia, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- En el caso que se examina, el recurrente impugna el auto de vista de fs
- Se regula honorarios en Bs. 500, que mandará hacer efectivo el tribunal de alzada
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
