Auto Supremo AS/1131/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1131/2006

Fecha: 20-Oct-2006

La conclusión anterior, se funda en la comprobación fáctica de los siguientes aspectos


La conclusión anterior, se funda en la comprobación fáctica de los siguientes aspectos:

El recurrente ha omitido al demandar la casación, el acusar infracción legal o, lo que es lo mismo, citar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, con la correspondiente especificación, conforme previene el citado art. 258-2) del Cód.Pdto.Civil. Y si bien cita algunos dispositivos, lo hace de manera referencial, para preferir hacer una relación de sus pruebas y de las actuaciones que les cupo desempeñar tanto al juez a quo como al tribunal ad quem