Auto Supremo AS/1145/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1145/2006

Fecha: 10-Nov-2006

Que a este efecto, de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no


Que a este efecto, de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no cumple los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., es decir identificar cuáles son los errores in judicando, en que hubiera incurrido el Tribunal ad quem a momento de emitir el auto de vista, para que se pueda casar el auto recurrido, porque si bien alude la violación de normas sustantivas de la L.G.T. y su D.R., empero, sustenta su petitorio en la demanda y no así en las causales de casación instituidas en el art. 253 del Cód. Pdto. Civ., tampoco demuestra el error de hecho o de derecho que permita abrir la competencia de este Tribunal para volver a valorar la prueba