Auto Supremo AS/1146/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1146/2006

Fecha: 10-Nov-2006

Que, de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes no han cumplido los


Que, de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes no han cumplido los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque si bien plantean casación en la forma y en el fondo; empero el recurso carece de fundamentación, limitándose a citar los arts. 3 inc. h), 150, 160, 166 y 167 del Cód. Proc. Trab.; 16 inc. e) de la L.G.T., supuestamente infringidos; sin embargo de ello, no precisan de qué manera fueron presuntamente infringidos o aplicados falsa o erróneamente, menos demuestran el error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; por cuanto conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificados en las causales señaladas en el art. 253 del Cód. Pdto. Civ.; mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores "in procedendo", referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, que están especificadas en el art. 254 de la misma norma legal