Que, contra el auto de vista, el representante de la corporación demandada, interpone recurso de
Que, contra el auto de vista, el representante de la corporación demandada, interpone recurso de casación en el fondo, expresando en breves líneas, que el auto de vista recurrido vulnera los arts. 519 y 732 del Cód. Civ., que norman los contratos y la voluntad de las partes, solicitando se case el auto de vista, declarando improbada la demanda
- DISTRITO: Oruro PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
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- En grado de apelación, por auto de vista Nº 120/2005 de 21 de abril de
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- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
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- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
