CONSIDERANDO II: Que, del examen del proceso y la revisión de obrados para establecer si
CONSIDERANDO II: Que, del examen del proceso y la revisión de obrados para establecer si lo denunciado en el recurso es evidente o no, se tiene:
En el recurso de casación en el fondo, al amparo del art. 253 incs. 1) y 3) del Cód. Pdto. Civil, denuncia que el auto de vista contiene interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, al confirmar la sentencia que dispone la reincorporación del trabajador, así como el pago de sueldos devengados, sin considerar que existió prescripción; que el actor no justificó la interrupción con las cartas de fs. 59-69, porque estos documentos no se refieren a la reincorporación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del proceso y la revisión de obrados para establecer si
- Sobre el particular, consta de obrados que el tribunal de apelación, realizó correcta valoración y
- Por consiguiente, lo dispuesto en el auto de vista recurrido, se ajusta a lo previsto
- CONSIDERANDO III: Que, en este marco legal, el auto de vista se ajusta a las
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
