CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 88-89, interpuesto por Ana Belén Bozo Morales, en representación de la Empresa General Service Millenium contra el auto de vista de 20 de junio de 2005 (fs. 83-84) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social que sigue Raúl Marcelo Alzugaray contra la empresa recurrente, respuesta de fs. 93-97, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió la sentencia de 16 de agosto de 2004 (fs. 60-61), declarando probada en parte la demanda de fs. 10-11, con costas, disponiendo que la Empresa General Service Millenium a través de su personero legal, pague a favor del actor, la suma de $us. 4.043,33.-, por concepto de indemnización y desahucio
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista de 20 de junio de 2005 (fs
- Que contra el auto de vista, la representante de la Empresa demandada, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso corresponde a este Tribunal su análisis
- Que, en ese marco legal, por las consideraciones expuestas anteriormente, no se abre la competencia
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
