Este fallo motivó el recurso de nulidad deducido por la parte demandada (fs
Este fallo motivó el recurso de nulidad deducido por la parte demandada (fs. 264-266), en una extensa relación del expediente, impugna indistintamente los actos de la Jueza de primera instancia y de la demandante, expresando que la Jueza a quo, apartándose del ordenamiento jurídico positivo y sin valorar los actuados del proceso, violó los arts. 3 incs. 1) y 6) del Cód. Proc. Civ., por una parte y, por otra, continúa afirmando que "se ha violado los arts. 117, incs, b), c) y d), 118, 121, 122, 123, 124, 127 y 130 del Cód. Proc. Trab.; y en cumplimiento del art. 252 de la misma norma, los arts. 120, 121, 122, 327, 328, 333, y 338 del Cód. Pdto. Civ., normas estas que la actora debió dar estricto cumplimiento, toda vez que las normas procesales son de orden público". Concluye, señalando que interpone recuso de nulidad contra el auto de vista Nº 210/05 SSA-I de 17 de octubre cursante a fs. 261, con el objeto de que el superior en grado, anule obrados hasta el vicio mas antiguo de conformidad con el art. 210 del Cód. Proc. Trab., sin exponer un petitorio claro y concreto que responda a sus intereses
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- En grado de apelación deducida por la parte demandada, por auto de vista Nº 210/05
- Este fallo motivó el recurso de nulidad deducido por la parte demandada (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
