POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida en el art. 60-1) de la L.O.J., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 53-54, con costas
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
- En grado de apelación deducida por el demandado, la Sala Social y Administrativa de la
- En efecto, el recurrente, se limita a relacionar sobre la relación pre existente con el
- Lo anterior, no permite abrir la competencia de este tribunal para ingresar a considerar el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado por no haberse respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
