En grado de apelación deducida por la empresa demandada, por auto de vista Nº 327/2006
En grado de apelación deducida por la empresa demandada, por auto de vista Nº 327/2006 de 24 de noviembre de 2005 (fs. 101-102), se revoca la sentencia apelada y deliberando en el fondo declara improbada la demanda. Sin costas por la revocatoria
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la empresa demandada, por auto de vista Nº 327/2006
- Que, contra el auto de vista, la apoderada legal de la demandante, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, ha establecido que el recurso de
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
