CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 185-186, interpuesto por Oswaldo Monrroy Antezana y Joaquín Hernán Siles Rivera, en representación de la Industria Molinera y Balanceado de Alimentos para Aves y Ganado Agroindustrial Rivera "IMBA" S.A., contra el auto de vista Nº 274/2005 de 17 de octubre de 2005 (fs. 181), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba dentro el proceso laboral seguido por Rubén Cavero Herrera, Vicente Cotrina Soria, Florencio Salazar Zurita y Miguel Cruz contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 190-191, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 31 de mayo de 2003 (fs. 157-160), declarando probada en parte la demanda de fs. 1-2 vta. e improbada la excepción de de pago, ordenando que Joaquín Hernán Siles Rivera en su calidad de Presidente Ejecutivo y representante legal de la empresa IMBA S.A., pague a Rubén Cavero Herrera la suma de Bs. 20.176.44.-; a Vicente Cotrina Soria Bs. 9.681,20.-; a Florencio Salazar Zurita Bs. 14.989,56.- y a Miguel Cruz Bs. 10.031,13.-, por concepto de beneficios sociales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 274/2005 de 17 de octubre de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
