Que, contra el auto de vista, la Gerente General de la empresa demandada, haciendo una
Que, contra el auto de vista, la Gerente General de la empresa demandada, haciendo una relación de la sentencia y sin fundamento alguno, interpone recurso de casación y concluye señalando que habiendo sido "agraviados" sus derechos por violación de los arts. 202 del Cód. Proc. Trab., 58, 190 y 192 del Cod. Ptdo. Civ., 200 del Cód. Proc. Trab, D.S. 233821, 95 y 104 del Cód. de Seguridad Social y 11 del Cód. Civ., solicita se case el auto de vista recurrido y la sentencia o, en su caso, se anule obrados hasta el vicio más antiguo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 318 de 19 de julio de
- Que, contra el auto de vista, la Gerente General de la empresa demandada, haciendo una
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
