Auto Supremo AS/0049/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2006

Fecha: 07-Mar-2006

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad


CONSIDERANDO: que el recurrente no compara hechos similares que debe identificar tanto en el auto cuestionado como en los precedentes invocados; tampoco precisa la contradicción jurídica, vale decir, no señala la norma o normas adjetivas o sustantivas aplicadas con diversos alcances que se encuentran en el auto impugnado y en el precedente invocado; no cumple con los requisitos de fondo indicados en los artículos 419 con relación al 416 in fine del Código de Procedimiento Penal; por otro lado, la denuncia de supuestos defectos absolutos fueron rechazados, concretamente el incidente de nulidad y el recurso de apelación fue también rechazado, por lo que se debe declarar infundado el recurso de casación interpuesto.

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 419 del Código de Procedimiento Penal declara INFUNDADO el recurso de casación de fojas 113 a 116 que impugnaban el Auto de Vista de fojas 109 a 110 de obrados