POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia del Dr. Juan José González Osio, Ministro de la Sala Social Segunda convocado al efecto, en aplicación del art. 62-1) de la Ley No. 1836 y siendo manifiestamente infundado, RECHAZA el incidente interpuesto de fs.376-380
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En el caso que se examina, el recurso indirecto o incidental está dirigido contra la
- CONSIDERANDO: Que el recurso indirecto tiende a establecer la constitucionalidad de la norma sustantiva a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Elévese en consulta la presente Resolución ante el Tribunal Constitucional y sea en el plazo
- Regístrese y hágase saber
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Proveído : Sucre, 18 de Mayo de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
