CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs. 72 y 77, interpuestos por la demandada Carmen Rosario Vargas de Yabeta y por Carmen Geovanna Aranibar de Vargas en representación del demandante Jesús Hurtado Rojas, respectivamente, contra el auto de vista de fs. 69, pronunciado en fecha 18 de septiembre de 2001 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social seguido por Jesús Hurtado Rojas contra Carmen Rosario Vargas de Yabeta; la respuesta de fs. 75, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 30 de abril de 2001 (fs. 55-56), declarando probada en parte la demanda de fs. 6, en consecuencia dispuso el pago a favor de Jesús Hurtado Rojas, la suma de Bs. 12.459,99. En grado de apelación, por auto de vista No. 363 de fecha 18 de septiembre de 2001 (fs. 69), se confirma la sentencia apelada, en todas sus partes
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Contra el referido auto de vista, ambas partes, demandante y demandada, interponen sendos recursos extraordinarios
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En efecto, la parte demanda sólo se limita a señalar que se le ha causado
- Cosa similar acontece con el recurso interpuesto por la parte demandante, que sólo se limita
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
