Auto Supremo AS/0138/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2006

Fecha: 12-May-2006

En efecto, la parte demanda sólo se limita a señalar que se le ha causado


Que, de la revisión de los recursos, se colige que los recurrentes no han cumplido, en lo que correspondía a cada uno, los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. de Pdto. Civ., porque si bien plantean casación en el fondo, empero carecen de fundamentación.

En efecto, la parte demanda sólo se limita a señalar que se le ha causado indefensión y a hacer una confusa relación de actuados procesales que más parecen dirigidos a un recurso de casación en la forma, sin precisar, concretamente, en qué consistiría la infracción o mala aplicación de la ley