CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, corresponde analizar si
CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, corresponde analizar si lo denunciado es evidente o no, de cuyo análisis y compulsa se colige que el recurso denuncia: error de hecho en la apreciación de las pruebas presentadas al proceso, porque en ningún momento la empresa a tiempo de cambiar la designación de cargo, hizo mención de un incremento salarial, que el actor sustenta su reclamo en el cuadro de nivelación salarial propuesto por la Dirección General de Servicios de la Empresa (fs. 9) que al no estar aprobado carece de validez, porque el demandante estaba registrado en planillas de personal no profesional. Asimismo señala que existe error en la apreciación del bono de antigüedad, ya que tanto la sentencia como el auto de vista incluyen el pago de este bono en su liquidación, basándose en el art. 60 del DS. 21060, art. 13 del DS. 21137 y DS 24067 y que se desconoció los argumentos de respuesta a la demanda y la excepción perentoria de pago, al estar cancelados los bonos de antigüedad en un monto mayor al señalado por el auto de vista recurrido, aduciendo que existe error de hecho como establece el art. 253-3, 397 del Pdto. Civil y art. 3 inc. j) y 158 del Código Procesal del Trabajo (C.P.T.)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación en el fondo, corresponde analizar si
- CONSIDERANDO III: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se advierte que el mismo no cumple los requisitos
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
