Auto Supremo AS/0229/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0229/2006

Fecha: 12-Jun-2006

Que el Tribunal de Casación declara admisible el recurso de casación, cuando éste ha cumplido


CONSIDERANDO: que Jorge Mamani Blanco mediante el recurso de casación de fojas 60 a 61 impugna el Auto de Vista Nº 11/2006, manifestando: que no se demostró el dolo como un elemento constitutivo del tipo penal de transporte de sustancias controladas, por lo que solicita se admita el recurso de casación y case el Auto de Vista Nº 11 de fecha 12 de abril de 2006; sin invocar precedente contradictorio alguno. Que de la revisión del recurso de casación se concluye que la omisión de invocar el precedente contradictorio, le impide establecer la contradicción jurídica exigida por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal, por lo que se debe declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto.

Que el Tribunal de Casación declara admisible el recurso de casación, cuando éste ha cumplido los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, identificando, describiendo y comparando hechos similares y estableciendo la contradicción jurídica de una o varias normas aplicadas de modo diverso en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado