CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 78, interpuesto por José Willy Yabeta Dalence, apoderado legal de Fernando Antelo Gil, contra el auto de vista de 18 de marzo de 2002 (fs.75), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Fidel Barrientos Sánchez, contra Fernando Antelo Gil, la respuesta de fs. 80, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 22 de octubre de 2001 (fs. 59-60), declarando probada la demanda de fs. 11-12, ordenando que el demandado, pague al actor por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, vacaciones y sueldos devengados, la suma de Bs. 14.036,00. En grado de apelación, por auto de vista de 18 de marzo de 2002 (fs. 75), se confirma la sentencia apelada, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra el auto de vista, el apoderado del demandado, interpone recurso de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
