CONSIDERANDO: El auto de vista recurrido, anula obrados hasta fs
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 134 Sucre, 18 de Julio de 2006
DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario sobre nulidad de escritura pública
PARTES : Fausto Carvajal Colque c/ Mery Sosa Pérez y otro
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto de fs. 108 a 112 por Fausto Carvajal Colque, contra el auto de vista N° 101/2005, pronunciado en fecha 3 de marzo de 2005 a fs. 184-185 por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre nulidad de escritura pública, seguido por el recurrente contra Mery Sosa Pérez y otro, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: El auto de vista recurrido, anula obrados hasta fs. 13 inclusive, disponiendo se subsanen los vicios procedimentales anotados y se admita la demanda. Resolución de vista que es objeto del recurso de casación tanto en la forma como en el fondo por parte del demandante Fausto Carvajal Colque. En el fondo sostiene que el juez de primera instancia ha emitido una sentencia que notificada en forma legal por edicto ha sido declarada ejecutoriada por auto interlocutorio de fs. 55, adquiriendo la calidad de cosa juzgada. Acusa también aplicación indebida del art. 124-III, interpretación caprichosa del art. 55 del adjetivo civil. Sostiene que no puede alegarse demanda defectuosa en fase del proceso que solo debe ser de ejecución de fallos
AUTO SUPREMO N° 134 Sucre, 18 de Julio de 2006
DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario sobre nulidad de escritura pública
PARTES : Fausto Carvajal Colque c/ Mery Sosa Pérez y otro
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto de fs. 108 a 112 por Fausto Carvajal Colque, contra el auto de vista N° 101/2005, pronunciado en fecha 3 de marzo de 2005 a fs. 184-185 por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre nulidad de escritura pública, seguido por el recurrente contra Mery Sosa Pérez y otro, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: El auto de vista recurrido, anula obrados hasta fs. 13 inclusive, disponiendo se subsanen los vicios procedimentales anotados y se admita la demanda. Resolución de vista que es objeto del recurso de casación tanto en la forma como en el fondo por parte del demandante Fausto Carvajal Colque. En el fondo sostiene que el juez de primera instancia ha emitido una sentencia que notificada en forma legal por edicto ha sido declarada ejecutoriada por auto interlocutorio de fs. 55, adquiriendo la calidad de cosa juzgada. Acusa también aplicación indebida del art. 124-III, interpretación caprichosa del art. 55 del adjetivo civil. Sostiene que no puede alegarse demanda defectuosa en fase del proceso que solo debe ser de ejecución de fallos
- CONSIDERANDO: El auto de vista recurrido, anula obrados hasta fs
- CONSIDERANDO: Revisados los obrados en función al recurso de casación en la forma, se evidencia
- Que estas irregularidades procesales han sido anotadas correctamente por el tribunal de alzada, por lo
- Que, la tutela efectiva del proceso exige que las partes intervinientes en el proceso sean
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se impone al recurrente la multa de Bs
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 18 de Julio de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
