CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido 1ro del Trabajo y
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 78-79 interpuesto por Germán Rioja Arze, en su condición de Concesionario de la Empresa Comercializadora "La Modelo", contra el auto de vista No. 317/2002 de 23 de noviembre de 2002 (fs. 75), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; dentro el proceso social que sigue Néstor Roberto García Vera contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Oruro, emitió sentencia No. 54/2002 el 8 de agosto de 2002 (fs. 63-65), declarando probada en parte la demanda de fs. 14-15 sin costas, disponiendo que la Comercializadora "La Modelo" cancele a favor del actor el monto de la liquidación inserta de Bs. 7.431,19 más los reajustes previstos en el D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- DISTRITO: Oruro PROCESO: Social
- PARTES: Néstor Roberto García Vera c/ Empresa Comercializadora "La Modelo"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido 1ro del Trabajo y
- En grado de apelación, por auto de vista No
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la empresa recurrente no ha cumplido
- Asimismo, cabe remarcar que, el recurso no precisa en qué consiste la infracción denunciada; por
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
