Este fallo motivó el recurso de casación, interpuesto por la entidad Edil, que carece de
Este fallo motivó el recurso de casación, interpuesto por la entidad Edil, que carece de toda fundamentación, pues solamente hace alusión a la vulneración del art. 152 del Cód. Pdto. Civ. y refiere que en el recurso de apelación se hicieron las fundamentaciones legales de los agravios sufridos, oportunidad en que fueron vulnerados los arts. 87 del Cód. Pdto. Civ., y 152 del Cód. Proc. Trab., para concluir solicitando se case el auto de vista con las formalidades de rigor., sin exponer un petitorio claro y concreto que responda a sus intereses
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 221/2002 de 22 de agosto de
- Este fallo motivó el recurso de casación, interpuesto por la entidad Edil, que carece de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
