En grado de apelación, por auto de vista de 3 de diciembre de 2002 (fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 147-148, interpuesto por Oscar Samuel Figueroa Espinoza, apoderado en representación de la H. Alcaldía Municipal de Tarija, contra el auto de vista de 3 de diciembre de 2002 (fs. 145-146), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso laboral por cobro de beneficios sociales seguido por Juan Carlos, Freddy, Sandra y Ramiro Arce Almazán contra la Empresa Municipal de Aseo Tarija "EMAT" recurrente, la respuesta de fs. 150, el dictamen fiscal de 154-156, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia el 20 de abril de 2002 (fs. 131-132), declarando probada la demanda con costas, disponiendo el pago de beneficios sociales a favor de los demandantes, hijos de Teresa Amelia Almazán (la trabajadora fallecida), el monto de liquidación inserta que asciende a Bs. 38.839,60.-
En grado de apelación, por auto de vista de 3 de diciembre de 2002 (fs. 145-146), se confirmó totalmente la sentencia apelada
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista de 3 de diciembre de 2002 (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
- CONSIDERANDO III: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, así analizados los hechos, se concluye que el recurso aparte de ser confuso carece
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario de abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
