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    Auto Supremo AS/0304/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0304/2006

    Fecha: 15-Ago-2006

    Regístrese y hágase saber


    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por Disposiciones Transitorias, Tercera, segundo párrafo del Código de Procedimiento Penal, declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y ordena proseguir el proceso penal hasta su conclusión.

    Regístrese y hágase saber
    • PARTES : Ministerio Público c/ Macario Choque y otro
    • Fabricación de sustancias controladas
    • VISTOS: el requerimiento de fojas 185 a 186 interpuesto por la representante del Ministerio Público,
    • Cuando el procesado o procesados no concurrieron a la audiencia pública del plenario, la inasistencia
    • Regístrese y hágase saber
    • Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
    • Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • de la Sala Penal Segunda (En suplencia legal).

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