CONSIDERANDO: que el recurrente interpone el recurso dentro del término legal previsto por ley, denunciando
CONSIDERANDO: que el recurrente interpone el recurso dentro del término legal previsto por ley, denunciando graves atentados a las garantías constitucionales de la persona sometida a proceso, acusando que se habría actuado con inobservancia de la ley, situación que posibilita la apertura extraordinaria de la competencia de este Tribunal; máxime si se considera que el recurrente, en su memorial de recurso cumple con los requisitos exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, al señalar las situaciones que considera resueltas en forma contraria a otros precedentes los cuales además de precisar, describe en sus partes pertinentes
- CONSIDERANDO: que el recurrente a tiempo de interponer el recurso de casación acusa que tanto
- Añade que la situación expuesta, afecta la garantía del debido proceso además de las garantías
- CONSIDERANDO: que el recurrente interpone el recurso dentro del término legal previsto por ley, denunciando
- Con esos antecedentes corresponde admitir el recurso de casación interpuesto para que una vez verificado
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, veintiocho de agosto de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
