Regístrese y hágase saber
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Ministro Dr. Jaime Ampuero García, Presidente de la Sala Penal Primera, convocado al efecto, ADMITE el recurso de casación interpuesto por Luís Eduardo Sanjinez Valenzuela de fojas 291 a 293 vuelta. En cumplimiento de la previsión del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría, remítanse copias de los antecedentes del proceso a las Salas Penales de las Cortes Superiores de Distrito, a efecto de que se inhiban de resolver causas, donde se debatan las mismas cuestiones de hecho.
Regístrese y hágase saber
- CONSIDERANDO: que el recurrente a tiempo de interponer el recurso de casación acusa que tanto
- Añade que la situación expuesta, afecta la garantía del debido proceso además de las garantías
- CONSIDERANDO: que el recurrente interpone el recurso dentro del término legal previsto por ley, denunciando
- Con esos antecedentes corresponde admitir el recurso de casación interpuesto para que una vez verificado
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, veintiocho de agosto de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
