Que, contra el auto de vista, la empresa demandada, interpone recurso de casación en el
Que, contra el auto de vista, la empresa demandada, interpone recurso de casación en el fondo, pidiendo se case el auto recurrido, expresando que el tribunal ad-quem no ha valorado minuciosamente los argumentos esgrimidos por ECOBOL, limitándose a acusar la violación de los arts. 5 párrafo segundo; 59, 3-j) y 158 del Cód. Proc. Trab.; empero, no se especifica y menos aún se fundamenta claramente cómo se incurrió en error de hecho y de derecho, en la violación e interpretación errónea o aplicación indebida de las normas acusadas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 208/2003 de 16 de junio de
- Que, contra el auto de vista, la empresa demandada, interpone recurso de casación en el
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
