Concluyó solicitando se case el auto de vista y se declare probada su demanda, disponiendo
Que, contra el auto de vista, el referido demandante, mediante memorial de fs. 104-107, interpone recurso de casación en el fondo, en el que luego de hacer un análisis tanto, de los antecedentes que motivaron el proceso, como del auto de vista recurrido, denuncia que no se ha tomado en cuenta los documentos de fs. 15 y 49, incurriéndose en violación, interpretación errónea y aplicación indebida de los arts. 161 y 162 de la C.P.E., 4º de la L.G.T., 25 y 26 de la L.O.J. y 9º del Cód. Proc. Trab., reiterando que no se tomó en cuenta los documentos de fs. 15 y 49, incurriéndose en error de hecho y de derecho en la apreciación de dicha prueba.
Concluyó solicitando se case el auto de vista y se declare probada su demanda, disponiendo su reincorporación y el pago de salarios devengados
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el demandante, mediante auto de vista Nº 129/2003 de
- Concluyó solicitando se case el auto de vista y se declare probada su demanda, disponiendo
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, como si se tratara de un alegato en conclusiones, el recurrente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
