Auto Supremo AS/0612-C/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0612-C/2006

Fecha: 24-Ago-2006

Que, el inciso 2) del artículo 196 del Cód


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VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de complementación y enmienda de fs. 171, presentado por Rodolfo Poquechoque Morales, con relación al Auto Supremo Nº 612 de 10 de agosto de 2006, cursante a fs. 169-170, pronunciado dentro del presente proceso laboral seguido por Milton Javier Nina Flores contra el solicitante.

Que, el inciso 2) del artículo 196 del Cód. Pdto. Civ., establece que corresponderá al Juez, a pedido de parte formulado dentro de las veinticuatro horas de la notificación, "...corregir cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial, y suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas o discutidas en el Litigio"