Apelada la sentencia por la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Primera de la
Apelada la sentencia por la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz emitió el auto de vista Nro. 140/03-SSA-I de 16 de junio de 2003, cursante a fs. 208, por el que se confirma la sentencia apelada, con costas en ambas instancias. Esta resolución motivó el recurso de casación que se analiza, en el que, de manera concreta, se acusa la inapropiada valoración de la prueba y la errónea interpretación y aplicación de los arts. 16 inc. e) de la L.G.T. y 9) inc. e) de su Decreto Reglamentario, ya que estas normas en toda su claridad de interpretación y alcance establecen que no hay lugar a indemnización ni desahucio cuando el empleado incumple total o parcialmente el contrato de trabajo, extremo este que fue demostrado en el proceso mediante los memorándumes de fs. 20 y 1. Finaliza el recurso solicitando se case el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, se declare improbada la demanda
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Primera de la
- CONSIDERANDO II: Que, ingresando al análisis de los fundamentos del recurso y de los antecedentes
- Por lo brevemente expuesto, no siendo evidentes las acusaciones formuladas en el recurso y sin
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin lugar a la regulación de honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
