Que, contra el referido auto de vista, el apoderado legal del demandado, interpone recurso de
Que, contra el referido auto de vista, el apoderado legal del demandado, interpone recurso de nulidad alegando, inconvenientemente, que no se dio cumplimiento al art. 236 del Cód. Pdto. Civ., por cuanto han persistido las violaciones de las disposiciones legales acusadas en el memorial de fs. 215 - recurso de apelación-, hechos que causan agravios a su mandante, por no existir sorteo de la causa conforme exige el art. 117 de la L.O.J., infracción que amerita la nulidad de obrados de acuerdo al art. 123 del referido compilado legal, cuya obligación le es impuesta a los jueces según dispone el art. 249 de la misma Ley; asimismo, cual si se tratara de un recurso de casación en el fondo, denuncia que no se consideró la prueba de descargo cursante a fs. 12-95, 169-172, 193-195 y 198-200 que demuestra la inexistencia de la relación laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista de 12 de septiembre de 2003 (fs
- Que, contra el referido auto de vista, el apoderado legal del demandado, interpone recurso de
- Concluye solicitando se anulen obrados hasta fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- De tal manera que ambos recursos, tanto en el fondo como en la forma, se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional, por no haber sido contestado el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
