Este fallo motivó el recurso de nulidad y/o casación (fs
Este fallo motivó el recurso de nulidad y/o casación (fs. 138-139), interpuesto por el recurrente en el "Otrosí 1" del memorial de fs.138-139, como si se tratara de una cuestión accesoria, sin especificar si recurre en la forma, en el fondo o en ambos casos a la vez, expresando enunciativamente que en el auto de vista recurrido se incurrió en error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas e interpretado y aplicado erróneamente los arts. 6º del Estatuto del Funcionario Público; 21 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios; 2, 14, 21 y 24 de la Ley de Pensiones; 1296, 1309, 1330 del Cód. Civ.; 399 y sgtes., 476 del Cód. Pdto. Civ. y 159 del Cód. Proc. Trab., no aplicados en el fallo, solicitando alternativamente se case o anule el auto de vista recurrido como la sentencia declarando improbada la demanda, con costas y demás condonaciones del caso
- DISTRITO: Beni PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista 13 de enero de 2004 (fs
- Este fallo motivó el recurso de nulidad y/o casación (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
