CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de nulidad fs. 232-234, interpuesto por Erwin Suarez Feeney, contra el auto de vista Nro. 183/03 de 5 de septiembre de 2003, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, cursante a fs. 230, dentro el proceso laboral seguido por Ronald Lemus Alto contra el recurrente; el auto concesorio del recurso de fs. 238, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en fecha 22 de noviembre de 2001, pronunció sentencia a fs. 208-211 declarando probada en parte la demanda, disponiendo que el demandado pague en favor de Ronald Lemus Alto la suma de Bs. 18.430,33.- por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo y vacación y sueldos devengados
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por Erwin Suárez Feeney, la Sala Social y Administrativa Primera de la
- CONSIDERANDO II: Que, previamente, debe recordarse que este recurso se equipara a una demanda nueva
- En el caso de autos, el recurrente en primer término anuncia su recurso nulidad, para
- A lo anterior, hay que agregar que si bien el recurrente cita las normas que
- Finalmente, como corolario del recurso deficientemente formulado, al concluir pide se "case el auto de
- En ese marco legal, el recurso interpuesto resulta ser ambiguo, insuficiente e injustificable, careciendo de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin lugar a la regulación de honorario profesional de abogado, por haber sido respondido el
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
