Auto Supremo AS/0690/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0690/2006

Fecha: 29-Ago-2006

Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, la empresa recurrente


Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, la empresa recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil (en este caso de fundamentar su recurso), porque no obstante de citar algunas disposiciones legales, no precisó de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos demuestra el error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente y sin fundamento alguno, realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, pidiendo en forma ambigua e incorrecta que "el tribunal de a quo case o anule la sentencia", sin concretar su reclamo o pedido de manera apropiada, como casación en el fondo o en la forma a tenor de los arts. 253 y 254 del Cód. Pdto. Civ, deficiencia que hace inatendible este recurso