Auto Supremo AS/0717/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0717/2006

Fecha: 29-Ago-2006

Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los


Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Pdto. Civil, tampoco aclara si se trata de recurso de casación en el fondo o en la forma, simplemente hace referencia que tratándose de profesional auditor desempeñó como simple empleado administrativo y no alto funcionario público ocupando cargo directivo jerárquico, que no corresponde aplicar del art. 1 del Decreto Reglamentario de 23 de agosto de 1943, al que acusa como infringido; por consiguiente, expresa que sí le corresponde el pago de sus beneficios sociales