Auto Supremo AS/0808/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0808/2006

Fecha: 11-Sep-2006

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


En efecto, como si se tratara de un memorial de conclusiones, desconociendo lo impuesto por los arts. 162 de la C.P.E., 4 de la L.G.T. y 158 del Cód. Proc. Trab., reitera los argumentos expuestos en su apelación, los cuales conforme consta de las resoluciones de instancia, ya merecieron análisis y resolución; asimismo al haber planteado de manera indistinta y conjunta en ambos efectos (casación en el fondo y en la forma), sin concretar correctamente su reclamo o petición, dando a los mismos hechos la virtualidad de constituir al mismo tiempo motivos de casación en cualesquiera de tales formas; resulta entonces un recurso ambiguo y anfibológico.

Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su consideración, porque impide a este Tribunal Supremo abrir su competencia.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271-1) y 272-2) del Pdto. Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 112-114, con costas