Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque si bien plantea el recurso en el fondo, empero los argumentos expuestos carecen de justificación y fundamentación, porque se refiere a actos realizados por el Ministerio del Trabajo con relación a la Resolución Ministerial Nº 067/99, sin precisar en qué consiste la vulneración, violación, interpretación o aplicación errónea en que hubiera incurrido el tribunal ad quem; por cuanto conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo identificar las causales señaladas por el art. 253 de la citada norma, lo que no ocurre en el caso de análisis
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- Ma. del Rosario Vilar G
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