Auto Supremo AS/0876/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0876/2006

Fecha: 28-Sep-2006

Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación


En efecto, el auto de vista recurrido cumple los principios de congruencia, pertinencia y exhaustividad, consagrados en los arts. 190 y 236 del Pdto. Civil, al circunscribirse a los puntos resueltos en sentencia y que fueron objeto de la apelación; en la especie, no es evidente lo denunciado en el recurso, toda vez que tampoco se demostró en qué consiste el error de hecho o derecho en la apreciación o valoración de las pruebas, conforme exige la última parte del art. 253 inc. 3) del Cód. Pdto. Civil; por lo que corresponde en justicia, el pago de beneficios sociales a favor del actor, en función a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba en materia laboral; por cuanto los trabajadores gozan del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, consagrado en los arts. 162 de la C.P.E., 4 y 13 de la L.G.T., así también los gastos da atención médica, en función a lo dispuesto por los arts. 93 de la L.G.T., 103 y sgtes., de su D. R.

Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación de normas legales en vigencia, sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso