Auto Supremo AS/0880/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0880/2006

Fecha: 28-Sep-2006

Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no


Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, en este caso de fundamentar su recurso, por las causales previstas en los arts. 253 y 254 del Cód. Pdto. Civ., porque no obstante de citar algunas disposiciones legales, no precisó de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos demuestra el error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente como si se tratara de un memorial de conclusiones, realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, haciendo alusión a la existencia de causal justificada del despido de la trabajadora, como fundamento para el no pago de los beneficios sociales establecidos a su favor en sentencia