CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 4to de Partido del Trabajo y Seguridad
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 226-227, interpuesto por Sandra Añez Sandoval, apoderada en representación de Victor Hugo Bahamontes, Gerente General de la empresa Brinks S.A., contra el auto de vista No. 175 de 4 de mayo de 2004 (fs. 223-224), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Joao Ramón Tejerina García contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 229-230, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 4to de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 10 de febrero de 2004 (fs. 208-210), declarando probada la demanda, ordenando a la Empresa Brinks S.A., en persona de su representante legal, cancele a favor del actor beneficios sociales de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación, sueldos devengados, horas extras y domingos que asciende a la suma de Bs. 24.737 con los reajustes previstos en el D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 4to de Partido del Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- En la especie, el recurso motivo de análisis, sólo contiene un relato intrascendente a manera
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y resulta inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
