Concluye indicando que no hubo imparcialidad, despojándose los de grado, del espíritu protector de las
Concluye indicando que no hubo imparcialidad, despojándose los de grado, del espíritu protector de las instituciones del Estado, quienes motivan los procesos sociales, vulnerando el principio de protección y tutela de los derechos sociales del trabajador, solicitando se case el auto de vista, reconociendo los derechos sociales demandados y se ordene su pago, con costas
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, por auto de vista de 5 de agosto de 2004 (fs
- Que, contra el auto de vista, la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en
- Concluye indicando que no hubo imparcialidad, despojándose los de grado, del espíritu protector de las
- CONSIDERANDO II: Que, antes de ingresar al análisis del recurso interpuesto, con carácter previo, corresponde
- Por lo tanto, la Jueza a quo, ha declarado probada una excepción de prescripción del
- En virtud de lo precedentemente expuesto, al haberse violado normas de orden público y cumplimiento
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
