POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la atribución conferida por el art. 60-1) de la L.O.J., en desacuerdo con el Dictamen de fs. 94-95 ANULA obrados hasta fs. 62 vlta., inclusive, disponiendo que la Juez A quo dicte nueva sentencia, en aplicación de los fundamentos expuestos en el presente Auto Supremo, sin perjuicio de utilizar la facultad que le confiere el art. 4 del Cód. Proc. Trab., concordante con el principio establecido en el inc. d) del art. 3 y con el art. 155, ambos del mismo cuerpo procedimental. Sin responsabilidad por ser excusable
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo que se analiza, en el
- CONSIDERANDO II: Que, habiendo sido presentada la demanda en 30 de agosto de 2000, conforme
- Ahora bien, por mandato expreso del art
- En el caso de autos, al haber procedido el Juez A quo de la manera
- Consecuentemente, en virtud a lo precedentemente expuesto, corresponde aplicar lo establecido por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
