Auto Supremo AS/0045/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2007

Fecha: 11-Ene-2007

De lo expuesto se concluye que el recurrente no ha cumplido con los requisitos de


Que el recurrente en el recurso de casación interpuesto no ha cumplido con los requisitos exigidos por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal que a la letra dice: "En el recurso (de casación) se señalará la contradicción (jurídica) en términos precisos"; aspecto que se encuentra vinculada a la definición del concepto de contradicción jurídica que establece el artículo 416 parte in fine del Código de Procedimiento Penal, donde se establece: "Se entenderá que existe contradicción, cuando ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincide con el del precedente, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance".

De lo expuesto se concluye que el recurrente no ha cumplido con los requisitos de admisibilidad, por lo que el Tribunal de Casación, debe declarar la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto