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    Auto Supremo AS/0146/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0146/2007

    Fecha: 29-Ene-2007

    En grado de apelación deducida por la parte demandante, por auto de vista Nº 17/06


    En grado de apelación deducida por la parte demandante, por auto de vista Nº 17/06.SSA.III de 3 de febrero de 2006 (fs. 158), fue confirmada en su integridad la sentencia apelada
    • DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
    • MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación deducida por la parte demandante, por auto de vista Nº 17/06
    • Este fallo motivó el recurso de nulidad (fs
    • CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
    • Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige, que el recurrente no
    • Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y erróneo, haciendo
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • No se regula el honorario profesional de abogado, por no haberse respondido el recurso
    • Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Juan José González Osio
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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