CONSIDERANDO I: Que, presentado el proceso voluntario de suscripción judicial de minuta de expropiación, el
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO Nº 423 Sucre, 18 de octubre de 2007
DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Voluntario- Suscripción
judicial de minuta de expropiación
PARTES: Honorable Alcaldía Municipal de Sucre
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fojas 38 a 40, interpuesto por Aydée Nava Andrade, Alcaldesa Municipal de Sucre, contra el Auto de Vista de Nº SCII-288/2005 de 17 de octubre de 2005 de fojas 29 a 31, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso voluntario de suscripción judicial de minuta de expropiación, seguido por la H. Alcaldía Municipal de Sucre, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO I: Que, presentado el proceso voluntario de suscripción judicial de minuta de expropiación, el Juez de Partido Primero en Materia Civil y Comercial de la cuidad de Sucre, emitió el auto interlocutorio de 23 de agosto de 2005 cursante a fojas 19 vlta., rechazando el tramite voluntario impetrado, con el argumento de que no es competencia de los Jueces de Partido el conocimiento de los trámites voluntarios conforme lo dispuesto en el artículo 177-3 de la Ley de Organización Judicial
AUTO SUPREMO Nº 423 Sucre, 18 de octubre de 2007
DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Voluntario- Suscripción
judicial de minuta de expropiación
PARTES: Honorable Alcaldía Municipal de Sucre
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fojas 38 a 40, interpuesto por Aydée Nava Andrade, Alcaldesa Municipal de Sucre, contra el Auto de Vista de Nº SCII-288/2005 de 17 de octubre de 2005 de fojas 29 a 31, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso voluntario de suscripción judicial de minuta de expropiación, seguido por la H. Alcaldía Municipal de Sucre, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO I: Que, presentado el proceso voluntario de suscripción judicial de minuta de expropiación, el Juez de Partido Primero en Materia Civil y Comercial de la cuidad de Sucre, emitió el auto interlocutorio de 23 de agosto de 2005 cursante a fojas 19 vlta., rechazando el tramite voluntario impetrado, con el argumento de que no es competencia de los Jueces de Partido el conocimiento de los trámites voluntarios conforme lo dispuesto en el artículo 177-3 de la Ley de Organización Judicial
- CONSIDERANDO I: Que, presentado el proceso voluntario de suscripción judicial de minuta de expropiación, el
- En grado de apelación deducida por el Municipio demandante, el Tribunal ad quem por Auto
- Que, el Juez a quo, mediante auto interlocutorio Nº 508 de 23 de agosto de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 18 de octubre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil
